jueves, 4 de octubre de 2012

Divorcio a la italiana

DIRECTORPietro Germi
GUIÓNEnnio De Concini, Alfredo Giannetti, Pietro Germi
MÚSICACarlo Rustichelli
FOTOGRAFÍACarlo Di Palma & Leonida Barboni (B&W)
REPARTOMarcello MastroianniDaniela RoccaStefania SandrelliLeopoldo TriesteOdoardo Spadaro,Margherita GirelliAngela CardileLando BuzzancaPietro TordiUgo TorrenteAntonio AcquaBianca Castagnetta
PRODUCTORAGalatea Film
PREMIOS1962: Oscar: Mejor guión original. 3 nominaciones
1962: Globos de oro: Mejor película extranjera
1962: Festival de Cannes: Nominada a la Palma de Oro (mejor película)
GÉNEROComedia | Comedia negra
SINOPSISUn barón siciliano, después de doce años casado con Rosalia, se ha enamorado locamente de Angela, su sobrina, una linda joven de dieciseis años. Cuando descubre que Angela le corresponde, empieza a pensar en el método más seguro para deshacerse de su mujer. Decide entonces inducirla a la infidelidad y después matarla. En aquella época, las leyes italianas castigaban los llamados "delitos de honor" con penas mínimas. Como Rosalia es una mujer decente, el plan no funciona, hasta que regresa al pueblo Carmelino, un antiguo admirador suyo. (FILMAFFINITY)
CRÍTICAS----------------------------------------
Un genial Mastroianni enamorado de su prima descubre que, según la legislación italiana, la mejor manera de quitarse de encima a su mujer no es el divorcio... Divertidísima película de gran éxito internacional que obtuvo el Oscar al mejor guión original, además de dos nominaciones para Mastroianni y Pietro Germi. Un gran divertimento que desparrama ingenio, esconde no poca mala leche y se erige, desde su estreno, como una obra clave de la "comedia a la italiana". (Pablo Kurt: FILMAFFINITY)
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"Un lujo del cine italiano (...) Rebosante de ingenio" (Fernando Morales: Diario El País)
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"Desternillante galimatías con parada y fonda en la más abrasiva de las irreverencias. Todo tan cómico, tan real" (Luis Martínez: Diario El País) 

martes, 31 de julio de 2012

El Divorcio de mutuo acuerdo

Al igual que ocurre con la separación de mutuo acuerdo, este procedimiento puede resultar relativamente rápido, sencillo y económico. No exige la celebración de juicio, bastando con la presentación de la demanda y del convenio y su posterior ratificación en el Juzgado por ambos cónyuges. Además supone un abaratamiento de costes al permitir que ambos cónyuges actúen representados por un mismo Procurador y defendidos por un único abogado.

El coste del procedimiento variará dependiendo de si se hace de mutuo acuerdo o de forma contenciosa. Si es de mutuo acuerdo los cónyuges puede llevar el mismo abogado y procurador.

El procedimiento se inicia con la presentación de la demanda por ambos cónyuges conjuntamente o sólo por uno con el consentimiento del otro. Dicha demanda debe ir acompañada de un convenio regulador firmado por los esposos (documento en el que se detallan las medidas que regularán en el futuro la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, las pensiones alimenticia y compensatoria y el uso del domicilio familiar, entre otras), y en el que deben ratificarse posteriormente ambos cónyuges en el Juzgado.

Antes de presentar la demanda hay que preparar una serie de documentos, entre ellos el certificado de matrimonio, que se solicitará en el Registro Civil del lugar donde se contrajo, y el certificado de nacimiento de los hijos, si los hay. También es necesario un Poder General para Pleitos: se trata de una escritura pública en la que se otorgan poderes al Procurador para que pueda actuar en el Juzgado en representación de los cónyuges. Este documento se otorga en cualquier Notaría y su precio oscila entre los 40 y 60 Euros. También puede otorgarse en el Juzgado, es el denominado poder "apud acta" y, en este caso, sería gratuito. Algunos Juzgados exigen el certificado de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los cónyuges a efectos de comprobar si son competentes.

domingo, 24 de junio de 2012

El divorcio le costará a Johnny Depp 79 millones de euros

Como la pareja que hasta formaba el actor con Vanessa Paradis se ha separado de forma amistosa, el protagonista de la saga 'Piratas del Caribe' no iniciará una batalla legal.

22.06.12 - 13:16 -EUROPA PRESS |  
 
Este martes se daba a conocer la noticia de que Johnny Depp y Vanessa Paradis rompían su relación después de llevar 14 años juntos. Así lo anunciaba el representante del actor a través de un comunicado de prensa. Ahora, la cantante y actriz francesa recibirá de su ex pareja 100 millones de dólares (78,9 millones de euros) tras su separación.
 
 
 
El manager del actor de 'Piratas del Caribe' dijo que la pareja se separaba de forma amistosa. Y para mantener la buena relación Johnny Depp hará la transferencia de esta gran cantidad de dinero a la cantante en vez de iniciar una batalla legal.
La ex pareja tiene dos hijos en común, Lyli-Rose, de 13 años, y Jack, de 10. A pesar de su larga relación, nunca se dieron el 'sí quiero'.
El abogado hollywoodiense Robert Naschin explicó a 'The Sun': "Si la pareja se hubiera casado, la esposa del señor Depp habría sido capaz de reclamar simplemente el 50%, pagos de mutención infantil y pensión alimenticia".
El abogado prosiguió: "Sin embargo, debido a que no se casaron esto no se puede aplicar. Así que tendrían que presentar una demanda civil y acudir a los tribunales". "El litigio es caro y podría llegar a cifras muy altas. En este caso no se trata de un plan de pago mensual sino de una gran suma de pago como solución", agregó el experto en derecho civil.
Johnny Depp ganó 50 millones de dólares (39,4 millones de euros) el año pasado con la actuación de sus películas. Además, el actor tiene una extensa propiedad, que incluye casas en París, Venecia, las colinas de Hollywood, Los Angeles y Norfolk, incluída una isla privada en las Bahamas.
Según los amigos cercanos: "La pareja intentó durante meses salvar la relación, pero han sabido desde hace semanas que era imposible".

 

lunes, 14 de mayo de 2012

10 Claves del divorcio en España

Toda aquella persona que se esté planteando divorciarse en España debería conocer, como mínimo, los siguientes diez datos, que definen el marco en el que se desarrollará el trámite.
Hasta el momento en el que una persona se ve inmersa en una crisis y se plantea la posibilidad de separarse o divorciarse de su pareja es frecuente que no tenga una noción de lo que significa este trámite, de lo que conlleva y de cómo funciona en su país.
Muchas personas coinciden en que en el momento en el que se tienen que enfrentar a este proceso y a la toma de decisiones correspondientes no están emocionalmente en situación de manejar la situación. Sin embargo, es aconsejable que se intente mantener la calma y entender lo que tenemos que solucionar y el marco en el que lo vamos a hacer, puesto que de lo contrario se terminaría con un acuerdo o con una sentencia en la mano que en absoluto se acerque a nuestras necesidades y deseos.
En el caso de España, toda persona que quiera abordar su divorcio con cierta conciencia, debería al menos conocer la siguiente información:
1. Los comienzos del divorcio: En 1981, 45 años después de que se derogase la primera Ley del Divorcio en España (1932), nuestro país volvía a admitir de forma legal el fin de los matrimonios siempre que fuera evidente que, tras un dilatado período de separación, su reconciliación ya no era factible, y después de que se demostrase el cese efectivo de la convivencia de las partes o la violación grave o reiterada de los deberes conyugales, según expone el Código Civil. En 2005, entraba en vigor la controvertida Ley del ‘Divorcio Express’, y las cifras (según el INE) se disparaban en un 42% respecto al periodo anterior.
2. El divorcio en números: En 2011 se presentaron en España 117.179 demandas de divorcio, según el Consejo General del Poder Judicial. Diez años antes, en 2000, la cifra no llegaba a los 40.000 casos.
3. Futuros trámites ante notario: Con el nuevo Gobierno de Mariano Rajoy, su ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado su intención de reformar la Ley para poder tramitar las demandas de divorcio de mutuo acuerdo ante notario, para ‘desahogar’ así los juzgados.
4. Mutuo acuerdo vs. Contencioso: En España existen dos tipos de divorcio, uno que se tramita de mutuo acuerdo o con el consentimiento de una de las partes y otro que se interpone de forma unilateral (contencioso).
5. Sentencia de divorcio: Los aspectos que deben quedar regulados en la sentencia de divorcio, sea cual sea su taxonomía, son: uso y disfrute de la vivienda y el ajuar familiar; custodia y régimen de visita de los hijos en el caso de que los hubiera, y de estos con los abuelos; pensiones de alimentos y reparto de los gastos del hogar; liquidación del régimen económico del matrimonio; y pensión interconyugal.
6. Duración mínima de un matrimonio: Tras la aprobación de la Ley 15/2005, de 8 de julio, o Ley del ‘Divocio Express’, los cónyuges deben esperar al menos 3 meses desde la formalización del matrimonio para presentar la demanda de divorcio y que esta pueda ser llevada a trámite por la vía civil.
7. Documentación necesaria para el trámite: Los documentos que las partes deben presentar para formalizar la tramitación de su demanda de divorcio deben ser: certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de los hijos (si los hubiera), documentos que acrediten la situación patrimonial de la familia y, en el caso de los divorcios de mutuo acuerdo, una propuesta del convenio regulador entre las partes.
8. Nuevo matrimonio: El divorcio se puede revocar con un nuevo matrimonio. Al desaparecer el vínculo legal entre las partes, estas pueden volver a unirse si lo creyeran oportuno, teniendo que volver a inscribirse en el Registro Civil como una nueva unidad familiar.
9. Custodia de los hijos: El régimen de custodia de los hijos se rige de forma general en España por el Código Civil, que cede esta a uno de los progenitores y establece un régimen de visitas consensuadas de la otra parte. Sin embargo, Aragón, Cataluña y la Comunidad Valenciana, acogiéndose a su derecho foral,  promulgaron sendas leyes de ‘Relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven’, por las cuales establecen la custodia compartida como preferente en caso de que no haya acuerdo entre los padres.
10. Declaración de la renta: A la hora de realizar la Declaración anual de la Renta, el receptor de la pensión por alimentos no puede incluir esta como ingresos, al igual que el pagador no puede hacerlo como gasto, a diferencia de la pensión compensatoria, que debe declararse en ambos casos.

Fuente:

jueves, 3 de mayo de 2012

La cifra de divorcios aumenta un 3% tras la tendencia a la baja de los últimos años

La cifra de divorcios se elevó en 2010 en todas las comunidades autónomas con respecto a 2009, excepto en Aragón, Asturias y Canarias, territorios donde descendió para situarse en 2.724, en 2.902 y en 6.564, respectivamente. En términos absolutos, Andalucía fue la región donde más parejas se divorciaron, hasta 22.232, seguida de Cataluña, con 21.884, y Madrid, con 16.483. Por el contrario, se registró un menor número de divorcios en La Rioja, con 640 casos, Navarra, con 1.282, y Cantabria, con 1.503.
La cifra de separaciones bajó un 6%, de 8.468 a 7.962, toda vez que no son obligatorias para la obtención del divorcio tras la reforma del Código Civil de 2005. Disminuyeron en todos los territorios, salvo en Asturias y Madrid, donde aumentaron hasta 228 y 1.024, respectivamente.
Los matrimonios declarados nulos descendieron de 175 a 166, un 5%

Polémica por el matrimonio y el divorcio ante notario: de 'buena idea' a 'disparate'

Jose María Robles | Agencias | Madrid
Actualizado jueves 02/02/2012 04:48 horas

Satisfacción, recelo y, sobre todo, polémica. La ley de mediación y de jurisdicción voluntaria anunciada por el ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, marco normativo que permitirá que los notarios puedan resolver matrimonios y divorcios de mutuo acuerdo, ha hecho aflorar distintas sensibilidades entre los profesionales del ámbito legislativo y varios colectivos ciudadanos.
"Tramitamos por vía judicial muchos asuntos que tendríamos que resolver de forma distinta", había deslizado Gallardón antes de plantear una reforma con la que el Gobierno pretende descongestionar los tribunales."Es una medida acertada", conviene Jesús Fernández, presidente de la Federación Estatal de Asociaciones Profesionales de Empleados de Notarías (FEAPEN), que pone sobre la mesa la "cualificación y rapidez"del gremio en labores de tramitación. "La documentación que un juzgado tarda en gestionar de año a año y medio, como la declaración de herederos abintestato, se hace en una notaría en 20 días".
Para Fernández, participar en la aplicación de la ley de mediación y de jurisdicción voluntaria no supondría ningún inconveniente. "Estamos 'hartos' de hacer capitulaciones matrimoniales y repartos de bienes. Sería prácticamente lo mismo".
"Es una necesidad que personalmente venía reivindicando desde hace tiempo", secunda José Ordóñez Cuadros, notario con despacho en Fuenlabrada (Madrid). "En un estado constitucionalmente aconfesional como España, el matrimonio es un contrato; todo lo demás es reminiscencia y folclore".
Para este profesional, partidario de reservar la figura del juez a la resolución de conflictos, "el notario es el funcionario específicamente encargado del control de la legalidad de los acuerdos entre partes y el encargado de valorar la capacidad para prestar consentimiento, la inexistencia de vicios de voluntad o la posible simulación". Y recurre a las figuras de alcalde y concejal como autoridad delegada en matrimonios civiles "en un momento histórico en el que no había notarios en todos los pueblos".
Frente a las suspicacias de ciertos sectores de la opinión pública, que consideran que el Gobierno intenta beneficiar a un colectivo especialmente activo durante los años del 'boom' inmobiliario, Ordóñez Cuadros aporta un nuevo enfoque: el de la lucha contra la ilegalidad. "Todos los días estamos valorando simulaciones, matrimonios encubiertos, de conveniencia...".
Otras hipotéticas ventajas serían la simplificación de gestiones para el ciudadano y la mayor disponibilidad horaria de notarías frente a juzgados.

Reacciones a pie de calle

Juan Luis Rubio, presidente de honor de la Asociación de Padres de Familia Divorciados (APFS), observa la propuesta como "una manera de desjudicializar el matrimonio". De ahí que la califique de "buena idea si ayuda a que [el divorcio de mutuo acuerdo] sea menos traumático y conflictivo".
Crítico se ha mostrado, sin embargo, el presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, quien ha señalado que, "en principio, no le parece bien" la iniciativa porque "va en la línea contraria a lo que debería hacer, que es reforzar el matrimonio".
"Pienso que el matrimonio es más que un contrato en la tradición jurídica occidental, tiene una trascendencia que va más allá de la compraventa. Por eso ha tenido siempre un carácter especial en el ordenamiento jurídico", subraya Blanco. Y apoyándose en la incidencia de los divorcios exprés y el matrimonio homosexual denuncia que "el matrimonio está perdiendo consistencia en la conciencia colectiva de los españoles". Con el anuncio de Gallardón, sostiene Blanco, "aumenta esa consideración en lugar de corregirla".
En relación al pago de las correspondientes tasas, zanja: "Eso me parece lo menos relevante". Fernández ilustra: "Nosotros nos regimos por la Ley de Tasas que establece el Gobierno. Me imagino que el coste sería el mismo que en el Registro Civil o en un ayuntamiento.
Más detractores ha encontrado la futura norma en la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas (FAMSD). "Es un dislate, un puro disparate", censura Ana María Pérez del Campo, presidenta de la entidad, que habla de "ataque inducido y solapado contra la Ley del Divorcio".
Pérez matiza que el notario es fedatario y no tiene jurisdicción, al tiempo que considera que "el problema con los divorcios de mutuo acuerdo no es que aumenten el trabajo en los juzgados, sino lo que viene después: miles de procedimientos donde se plantea la reforma de lo en su día era consenso. Reclamar el pago de alimentos o vigilar un régimen de visitas que no se cumplen. ¿Eso lo va a hacer un notario?", cuestiona.
En opinión de la representante de la FAMSD, descargar de trabajo a las dependencias judiciales obligaría a "pensar más en los juicios que colapsan los juzgados, los de corrupción política, que duran años y años, y procedimientos por calumnias e injurias como los que remiten a los 'reality show'".
La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) ha señalado que la celebración de bodas y divorcios ante notario podría contribuir a mitigar la situación de "colapso" en los tribunales. La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) también ha valorado positivamente la medida, si bien ha puesto el acento en el gasto que tendrá que asumir el ciudadano. Por su parte, la asociación Jueces para la Democracia (JpD) ha expresado su temor a que con la eventual introducción de las bodas y divorcios ante notario se pueda implantar una "justicia de dos velocidades".

Los divorcios bajaron de nuevo en 2011

Los divorcios volvieron a caer el pasado año, aunque fuera en un modesto 2%. De esta forma, parece claro que el ligero repunte de 2010 fue una excepción en una tendencia a la baja que empezó ya hace cinco años. Entonces, los expertos la explicaron como un efecto colateral de la crisis económica que empezó por una notable subida de los tipos de interés hipotecarios y se mostró en toda su crudeza a partir del verano de 2008. El año pasado se cerró con 117.179 demandas de divorcio presentadas en los tribunales, frente a las 119.513 del ejercicio anterior, según datos del Consejo General del Poder Judicial.
El descenso no es homogéneo porque hay cuatro comunidades autónomas en las que creció el número de divorcios. Incluso, en dos de ellas, el aumento es muy abultado: el 8,43% de La Rioja y el 6,65 de Castilla-La Mancha llaman poderosamente la atención por lo que supone de contraste con la media española. Se da la circunstancia de que el año anterior ambas comunidades estuvieron también entre las de mayor crecimiento, aunque en ese caso dentro de la tónica común en todo el país. En Galicia (1,94%) y Navarra (0,39%), los aumentos son mucho menos significativos. Por el contrario, las mayores caídas están en Cantabria (7,85%) y Extremadura (6,39%). El País Vasco, como Canarias y Navarra, ha registrado una variación prácticamente inapreciable.
El descenso del número de divorcios parece alejar la amenaza que los más agoreros habían aireado a mediados de la década anterior, cuando la reforma legal denominada del 'divorcio exprés' impulsó de manera extraordinaria el número de rupturas. Entonces se pasó en solo dos años, de 2004 a 2006, de poco más de 52.000 divorcios a más de 141.000, lo que llevó a algunos analistas a vaticinar que en muy poco tiempo habría más disoluciones matrimoniales que bodas.
Amenaza incumplida
No ha sido así, pese a que el número de matrimonios registra un acusado descenso. Aunque solo hay datos del primer semestre, todas las estimaciones sitúan el número de matrimonios celebrados en 2011 por debajo de los 160.000. Es decir, el saldo entre bodas y divorcios sería menor ahora que en 2006, dado que ese año se superaron las 200.000 uniones. Sin embargo, como la duración media de los matrimonios que se rompen es de unos diez años, los divorcios de hoy se corresponden en su mayoría con parejas que formalizaron su relación a comienzos de la década pasada. Dicho de otra forma, con la misma tasa de rupturas por cada cien matrimonios, el número de divorcios empezará a descender en breve de forma notable, a medida que entren en la edad 'típica' de las rupturas colectivos cada vez menores.
Queda por saber el efecto que pueda tener el final de la crisis económica, cuando llegue. Especialistas en la materia han comentado a este periódico que las dificultades que viven los hogares pueden estar creando una gran bolsa de parejas rotas de hecho pero que a efectos legales -y de convivencia, aunque sea en términos puramente formales- siguen juntas porque no podrían afrontar los gastos derivados de una separación. Cuando la situación mejore, muchas de esas personas podrían acudir sin demora al juzgado para poner fin a su contrato matrimonial. Eso puede disparar otra vez, aunque de forma esporádica, el número de divorcios. Sin embargo, se trataría de un reflejo contable de una realidad anterior más de que un indicio de la situación del momento. Algo de eso, sugieren los expertos, ocurrió también con la reforma legal de 2005.